Guía SIM del régimen penal de las empresas: qué entró en vigor hoy, qué aprobó el Congreso y qué falta
Resumen de Orientación Ciudadana SIM
¿Rige o no rige? Rige desde hoy, porque la prórroga no se promulgó. Te explicamos las fechas, las sanciones posibles y el paso constitucional que todavía está pendiente.
Este jueves entraron en vigor los artículos 8, 9, 10 y 11 del nuevo Código Penal, que establecen la responsabilidad penal de las empresas y demás personas jurídicas por determinados delitos cometidos por sus directivos, representantes o empleados.
¿Qué aprobó el Congreso? Una prórroga: el Senado votó el miércoles, con 26 votos a favor y ninguno en contra, modificar el artículo 31 de la Ley 44-26 y aceptar la reducción del aplazamiento de 24 a 18 meses introducida por la Cámara de Diputados, con lo que la aplicación se movería al 5 de mayo de 2028. ¿Qué falta? Que el presidente Luis Abinader promulgue esa modificación y que se publique oficialmente; hasta la mañana de este jueves no se había confirmado ninguno de los dos pasos.
¿Qué sanciones trae el régimen? Multas, cierre temporal o definitivo de establecimientos, revocación de licencias, inhabilitación para contratar con el Estado y disolución de la entidad, siempre mediante un proceso judicial que determine la responsabilidad. El sistema también evalúa los mecanismos internos de prevención, supervisión y control de cada empresa.
¿Quiénes pidieron más tiempo? El Conep y la ANJE, que solicitaron aprobar y promulgar la prórroga antes del 5 de noviembre para que las empresas, en especial las micro, pequeñas y medianas, pudieran implementar sus mecanismos de cumplimiento.
Foto: Acento.

